Reglamento Régimen Interno

Reglamento de Régimen Interno de la Hermandad Nuestro Padre Jesús Nazareno (pdf) 



REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO 

HERMANDAD NUESTRO  PADRE JESÚS NAZARENO

Actualización y modificación del Reglamento de Régimen Interno que fue aprobado en la Junta General del año 2012 y que son actualizados y ratificados en la Junta General del 26 de Mayo del 2019.

ÍNDICE:

1.- Naturaleza y fines de la Hermandad.

2.- Hábito e insignias

3.- Los Hermanos

4.- Funcionamiento y gobierno

5.- Forma de procesionar

6.- Agrupación Musical de la Hermandad

7.- Portadores de Jesús Cautivo

8.- Articulo final

Artículo 1.- Naturaleza y fines de Ia Hermandad.

Se establece en Calzada de Calatrava (Ciudad Real) la Hermandad de Nuestro Padre Jesús Nazareno en Ia Parroquia de Ntra. Sra. de la Asunción, donde celebrará sus actos de culto. Tiene domicilio social en el Patio de San Francisco s/n. 13.370 Calzada de Calatrava (Ciudad Real). El ámbito de esta Hermandad es local.

Para destacar su naturaleza eclesial, tanto el Presidente como el Hermano Mayor y demás miembros de la Junta Directiva, no podrán desempeñar cargos de dirección en partidos políticos y para que puedan mejor dedicar sus atenciones a esta Hermandad, tampoco podrán desempeñar cargos directivos en otras Hermandades o Cofradías que celebren sus fiestas en la Semana de Pasión.

Artículo 2.- Hábito e insignias.

El hábito que todos los hermanos deberán llevar para poder asistir a los distintos desfiles procesionales será una túnica morada de terciopelo o similar, con cíngulo dorado que irá del cuello a la cintura anudado en la parte anterior, quedando a la altura de las rodillas las dos borlas del mismo cordón y terminando con un capillo tradicional de la misma tela, confeccionado con dos aberturas a la altura de los ojos que permitan ver cuando haya que bajárselo, siendo obligatorio bajárselo en el Viacrucis del Silencio (Miércoles Santo), Procesión del Encuentro (Viernes Santo mañana) y Santo Entierro (Viernes Santo tarde), así como calzado oscuro. Además, de forma voluntaria, llevarán una medalla redonda de plata envejecida con la imagen de Jesús Nazareno en una cara y en la otra la correspondiente leyenda, sujeta por un cordón morado, que a tal efecto fue aprobada por la Junta General de Hermanos.

Los integrantes de la Junta Directiva llevarán el mismo atuendo más una medalla que los identifique y un cetro cromado dorado, cuya parte superior estará formada por una reproducción exacta de Nuestro Padre Jesús Nazareno.

El Hermano Mayor ostentara idénticos atributos que los miembros de la Junta Directiva, si bien se destacara por llevar la Bandera de la Hermandad.

El Presidente de la Hermandad, ostentara los mismos atributos y se destacara por llevar un cetro diferente al resto de la Junta Directiva.

El Hermano Mayor entrante deberá llevar un cetro cromado plateado y el mismo hábito que el resto de hermanos.

En las procesiones correspondientes saldrá acompañando a los pasos nuestra tradicional bocina y tambor". Al inicio se darán tres golpes de tambor, seguido del toque de la bocina y para finalizar dos golpes más.

Artículo 3.- Los Hermanos.

Podrán pertenecer a esta hermandad todos los fieles católicos, que no estén incursos en los supuestos contemplados como causa de baja en el Art. 14 de los estatutos de esta Hermandad y que además, se comprometan a cumplir con los deberes comunes a todos los católicos, y a observar los propios de la Hermandad según los Art. 9.1, 9.2, 10, 11 y 12 de los estatutos.

Artículo 4.- Funcionamiento y gobierno.

Los órganos de gobierno de esta Hermandad son la Asamblea General y la Junta Directiva, cuyas funciones vienen determinadas en los art.16, 17, 18 y 19 de los nuestros estatutos.

La elección de los cargos de la Junta Directiva se hará, además, mediante candidatura presentada por quien opta al cargo de Presidente, el cual, en cumplimiento del artículo 22.b de los Estatutos, habrá de llevar en su Junta Directiva a los tres Hermanos Mayores correspondientes a su ejercicio y conjuntamente con ellos, elegirla. Así mismo, realizar conjuntamente el proyecto y presupuesto que de ello se derive.

En consecuencia, no será admitida ninguna candidatura al cargo de Presidente si vulnera alguno de los artículos de nuestro Estatuto y Reglamento Interno. Todo ello con el fin de mantener nuestras tradiciones y costumbres y respetar, en todo caso, la figura del Hermano Mayor.

Será responsabilidad del Presidente y su Junta Directiva las decisiones que adopten a lo largo de su mandato y que no hayan sido aprobadas previamente por la Junta General de Hermanos.

Todos los años los al finalizar el correspondiente ejercicio y como marcan nuestros estatutos, estarán obligados a convocar Junta General de Hermanos con un plazo máximo de cuarenta días después de Semana Santa y la publicación de dicha convocatoria con quince días de antelación. En dicha junta se presentarán las cuentas de dicho ejercicio, las cuales nunca podrán exceder en más de un cinco por ciento de lo presupuestado y aprobado en la anterior Junta General, salvo causa de fuerza mayor, y de lo que serán responsables y asumirán dicha desviación.

Según el art. 22.b de nuestros estatutos, el Hermano Mayor será elegido por riguroso orden de pertenencia a una lista creada a tal efecto y tendrá solo un año de duración. Pertenece a la Junta Directiva, en la que tendrá voz pero no voto y deberá ser ratificado por la Junta General. Su función será, conjuntamente con el Presidente y la Junta Directiva, preparar los distintos actos de la Semana Santa.

Para mantener nuestras tradiciones, como es el deseo de nuestra Hermandad y dado que existe una larga lista de Hermanos Mayores, se considera norma fundamental que dicha lista se perpetúe en el tiempo y que cualquier hermano que cumpla con los requisitos de nuestro estatuto pueda formar parte de dicha lista, solicitando por escrito su inclusión en la misma a la secretaría de nuestra Hermandad.

Adquirido dicho derecho, se comprometerá a cumplir el año que le corresponda, siempre y cuando no concurran motivos especiales que le impidan aceptar el cargo de Hermano Mayor, en dicho supuesto deberá comunicarlo por escrito con tres años de antelación, para poder comunicar al siguiente de la lista que su mandato se adelanta un ejercicio.

Se podrán hacer cambios de orden de Hermano Mayor, dentro de dos mandatos de presidencia, (seis años) siempre y cuando los hermanos mayores afectados estén de acuerdo y lo apruebe Ia Junta General.

Las funciones del Hermano Mayor serán, además de la anterior, formar parte de la Junta Directiva en su año, aunque durante su mandato no podrá tener voto, y acompañar los actos procesionales con la Bandera de la Hermandad. Así como, tomar parte activa en la elaboración, desarrollo y ejecución de los actos de su año, en cumplimiento del artículo 22.b de nuestro Estatuto. Será de su cargo la invitación del típico ENACEITAO Y LIMONADA-LIMÓN como es tradición desde tiempo inmemorial. En el supuesto de cese, por cualquier causa grave, durante su mandato y hasta el término de su ejercicio, pasara a desempeñar su cargo, el Presidente de la Hermandad, pasando los gastos de invitación a la Hermandad.

Al término de la procesión del Domingo de Resurrección, se entregará al Hermano Mayor saliente una medalla conmemorativa por haber sido Hermano Mayor.

El Hermano Mayor entrante deberá pertenecer a la Junta Directiva el año anterior a su mandato.

Los miembros de la Hermandad pertenecientes a la Junta Pro-Semana Santa serán el Presidente y el Hermano Mayor de cada año, según acuerdo adoptado por dicha Junta Pro Semana Santa en el año 2018.

En el caso, que la Junta Pro-Semana Santa cambie su funcionamiento interno y la de los miembros que la componen, la elección de los dos miembros de la Hermandad pertenecientes a la misma se realizará por decisión de la Junta Directiva, siempre atendiendo a los intereses de la Hermandad, por un periodo de tres años, que coincidirá con el mandato del Presidente de turno. Teniendo en cuenta los acuerdos adoptados por la Junta Pro-Semana Santa en cuanto a su elección.

Artículo 5.- Forma de procesionar.

Los desfiles procesiones y distintos actos de la Hermandad de Nuestro Padre Jesús Nazareno irán encabezados por la insignia de la Hermandad, que es un Estandarte, bordado sobre fondo de terciopelo morado en cuyo frente está la imagen de Nuestro Padre Jesús Nazareno y en la posterior, la correspondiente leyenda, y dos faroles, que serán llevados por hermanos, tras pública subasta.

Para poder procesionar todos los hermanos llevarán el hábito según el artículo 2 de nuestros estatutos y reglamento de régimen interno.

Se dará un pasacalles anterior y posterior a la procesión, acompañados por la Agrupación Musical de nuestra Hermandad y/o alguna otra banda que se considere oportuno, con el fin de avisar del comienzo y finalización de la misma.

Como ya es tradicional, antes de cada desfile procesional se procederá a la subasta de nuestro estandarte, faroles y distintos pasos que correspondan. Terminada la subasta los hermanos se pondrán a disposición de los directivos encargados de la organización del desfile procesional, los cuales les darán las distintas normas a seguir durante dicho acto que deberán acatar.

En concreto, esta Hermandad procesionará:

- Viernes de Dolores, Viernes anterior al Domingo de Ramos, con el paso de la Virgen de los Dolores, con la oración del rosario y meditación de los siete dolores de la Virgen María.

- Domingo de Ramos, con el paso de Jesús entrando en Jerusalén.

- Miércoles Santo, Viacrucis del Silencio, con el paso de Jesús Cautivo acompañado por "la bocina y su tambor", que será tocada al inicio y fin de cada estación y, además, los Hermanos podrán llevar el farol de penitente encendido, cuyo modelo fue aprobado en Ia Junta General del año 2000.

- Viernes Santo Mañana, procesión del Encuentro, con los pasos, por orden, de la Verónica, Nuestro Padre Jesús Nazareno, San Juan y Nuestra Sra. Virgen de los Dolores, además de "la bocina y su tambor" que será tocada durante la procesión y los Hermanos llevarán una cruz de madera.

- Viernes Santo Tarde, procesión del Santo Entierro, con los pasos por orden, de Cristo del Sagrario, Descendimiento, Piedad, Santo Sepulcro y Nuestra Sra. Virgen de los Dolores, además de "la bocina y su tambor" que será tocada durante la procesión y los Hermanos podrán llevar el farol de penitente encendido.

- Domingo de Resurrección, con el paso de Jesús Resucitado.

En todos los desfiles procesionales acompañara la Agrupación Musical de Ia Hermandad. Al finalizar el desfile procesional y correspondiente pasacalles se mantendrá la tradición de que el primer hermano en pasar a la sede será el hermano mayor, presidente y autoridades, seguido del estandarte y demás hermanos.

Asímismo, en todos los desfiles procesionales de la Hermandad, el Protocolo a seguir en la colocación será:

- Hermanos Mayores:

De izquierda a derecha, Ntra. Sra. de la Esperanza, Ntra. Sra. de la Soledad, Ntro. Padre Jesús Nazareno y Hermandad de la Santa Cena.

- Presidentes y Párroco en las procesiones del Domingo de Ramos, Santo Entierro y Domingo de Resurrección:

Los presidentes de las Hermandades acompañarán al párroco, ocupando las mismas posiciones que los hermanos mayores, dejando el centro para el Párroco o Consiliario de la Hermandad.

- Las distintas Autoridades Civiles y Militares:

Irán justo detrás de los Hermanos Mayores, cerrando la procesión; excepto el bastón de mando del Ayuntamiento y Juez de Paz, si asistieran, que lo harán justo en el centro de la fila de Hermanos Mayores, entre el Hermano Mayor de nuestra Hermandad y el Hermano Mayor de la Soledad.

Asimismo, en los pasacalles, el Presidente irá situado en la fila izquierda como último hermano y el Hermano Mayor Entrante en la fila derecha también como último hermano de fila. Con el fin de dejar el espacio suficiente a los Hermanos Mayores.

Artículo 6.- Agrupación Musical "Nuestro Padre Jesús Nazareno".

Se respetan las normas de funcionamiento aprobadas en su Régimen Interno con fecha y ratificados de marzo de 1999 y ratificados en Junta Directiva; y revisados y actualizados en Junta General del 4 de junio del 2017.

En nombre de la Hermandad, el Presidente y su Junta Directiva dentro de su presupuesto, deberán incluir una partida para, mantenimiento y desarrollo de la Agrupación Musical, de acuerdo con sus necesidades, así como la obligación de preveer lo necesario para los gastos que conlleve el descanso y refrigerio después de cada acto, en el local habilitado para ello en la Sede de la Hermandad.

En el aspecto económico, para poder operar en la cuenta bancaria siempre se necesitará la firma de dos personas, una como representante de la Agrupación y otra representando a la Hermandad, ambas con firma autorizada en la entidad bancaria.

Artículo 7.- Portadores de Jesús Cautivo.

Se respetan las normas de funcionamiento modificadas, actualizadas y ratificadas en la Junta General de fecha del 13 de Mayo del 2018.

Artículo 8.- Artículo final.

El desarrollo de estas normas de régimen interno, de acuerdo con los estatutos de la Hermandad, podrán ser modificadas a petición de 1/3 de hermanos y/o propuesta del Presidente y la Junta Directiva, siendo necesaria la ratificación de la Junta General de Hermanos.